Por unanimidad, la SCJN decidió ejercer su facultad de atracción para conocer los recursos relacionados con las modificaciones al PDU de Mahahual
Redacción/Elapogeoqroo
Ciudad de México, 11 de agosto de 2026.— La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió, por unanimidad, ejercer su facultad de atracción para conocer los recursos relacionados con las modificaciones al Programa de Desarrollo Urbano de Mahahual, Quintana Roo.
La decisión representa un paso relevante para la defensa del derecho humano a un medio ambiente sano y el acceso a la justicia ambiental, al permitir que el máximo tribunal del país analice un asunto que plantea cuestiones de interés y trascendencia nacional.
El caso tiene su origen en tres juicios de amparo promovidos por distintos grupos de ciudadanos de Mahahual en contra de las modificaciones al Programa de Desarrollo Urbano. Estos asuntos dieron lugar a los recursos de queja 76/2026, 112/2026 y 113/2026, derivados de los juicios de amparo 57/2026, 129/2026 y 134/2026, que se encontraban ante el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, en Quintana Roo.
Una decisión que puede marcar precedente para la justicia ambiental
El pasado 9 de junio, en representación de los ciudadanos promoventes, DMAS presentó ante la Presidencia de la Suprema Corte una solicitud para que el máximo tribunal atrajera estos asuntos, al considerar que cumplían con los requisitos constitucionales de interés y trascendencia.
La solicitud planteó la necesidad de que la Suprema Corte establezca criterios sobre diversos aspectos fundamentales para la justicia ambiental, entre ellos:
El alcance del derecho humano a un medio ambiente sano frente a los Programas Municipales de Desarrollo Urbano.
El reconocimiento del interés legítimo de las comunidades para impugnar decisiones de planeación urbana que puedan afectar su territorio y entorno.
Los plazos para acceder al juicio de amparo en materia ambiental, bajo una interpretación que garantice el acceso efectivo a la justicia, conforme a la Constitución y al Acuerdo de Escazú.
La aplicación de principios ambientales como el principio precautorio, la participación ciudadana y el in dubio pro natura en los procesos de planeación territorial.
La atracción permitirá que estos planteamientos sean estudiados por la Suprema Corte y podría contribuir a definir criterios de alcance nacional sobre la protección judicial de los Programas Municipales de Desarrollo Urbano y el acceso a la justicia ambiental.
El caso trasciende a Mahahual
Para DMAS y los ciudadanos promoventes, la relevancia del caso va más allá de Mahahual, debido a que una eventual resolución de la Suprema Corte podría fortalecer los mecanismos de protección judicial de comunidades y ecosistemas frente a decisiones relacionadas con la planeación territorial en distintas regiones del país.
La decisión de atraer el caso constituye un paso significativo para que la justicia ambiental sea analizada desde la máxima instancia judicial de México y para que las comunidades cuenten con mayores herramientas para defender su territorio y su derecho a un medio ambiente sano.
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